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Bloqueo a empresas: el nuevo proyecto de ley de la empresaria antibloqueos Verónica Razzini

Establece la posibilidad de prisión de cumplimiento efectivo y despido con Justa Causa a quienes impidan el libre acceso a comercios o industrias

15 MAYO, 2024

Por Redacción De Política+

La diputada nacional por la provincia de Santa Fe, Verónica Razzini (PRO), presentó un proyecto de ley para crear la figura del bloqueo a empresas en Argentina, modificando el Capítulo IV de Delitos contra la libertad de trabajo y asociación.

La legisladora que trabaja por la defensa de las pequeñas y medianas empresas, sostuvo que la iniciativa apunta a terminar con la extorsión sindical. “Una cosa es el derecho a la protesta que es justo, pero la extorsión y el bloqueo constituyen un delito. Se han transformado en un modus operandi en los últimos años.  Esto no va más”, indicó Razzini. 

La empresaria fue fundadora del Movimiento Empresarial Antibloqueo (MEAB), la Asociación Civil que acompaña y asesora a empresas víctimas de bloqueos sindicales extorsivos. 

El MEAB, que hoy tiene nuevo presidente, aportó información y colaboró con el proyecto que crea la figura del bloqueo a empresas, tanto en su formato directo como indirecto, y se los incorpora al Código Penal dentro de los delitos cuyo bien jurídico protegido es la libertad de trabajo y asociación.

La legisladora santafesina explicó que el Bloqueo Directo es aquel que impide, estorba o entorpece el acceso a un comercio, industria o establecimiento de cualquier tipo con el fin de obtener un beneficio o causar un perjuicio. Para esta modalidad se agrava la pena cuando el bloqueo es a múltiples establecimientos.

Por su parte, el proyecto presentado también define la figura del Bloqueo Indirecto. “Son los casos donde apuntan a clientes o proveedores para coaccionarlos. Los amenazan con que si continúan trabajando con la empresa, ellos serán los próximos bloqueados”, describió la diputada de las PyMES. 

Vale mencionar que el proyecto de ley establece, para ambos tipos de bloqueos, una pena donde el máximo de tres años y seis meses de prisión permite al juez considerar el dictado de la pena de prisión efectiva. 

Además para quienes participen de un bloqueo, en cualquiera de sus formas, se establece como Justa Causa el despido laboral.

Con la iniciativa de la diputada Razzini se garantiza el derecho de asambleas sin perjudicar las actividades normales de la empresa y se declaran los servicios esenciales y de importancia trascendental, donde las actividades no podrán verse afectadas por conflictos colectivos. En el primer caso asegurando una prestación de servicios mínimos de un 75 por ciento y en el segundo un 50 por ciento.

Entre los servicios esenciales aparecen actividades como: servicios sanitarios y hospitalarios; transporte y distribución de medicamentos; producción y transporte de agua potable y combustibles; telecomunicaciones; educación; radio y televisión; servicios bancarios y financieros; y comercios, gastronomía y turismo, entre otros.

Para concluir, Razzini aseguró: “El bloqueo a las empresas, fundamentalmente a las PyMES, se ha vuelto moneda corriente por parte de algunos sindicatos, proyectando efectos dañinos tanto a trabajadores como empresarios. Debemos ponerle fin a este tipo de prácticas extorsivas que perjudican al conjunto de la comunidad, desincentivando la inversión y el empleo”.

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